lunes, 25 de julio de 2011

Opinión del SPDA sobre la Ley Forestal y de Fauna Silvestre

OPINIÓN DE LA SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL A PROPÓSITO DE LA PUBLICACIÓN DE LA NUEVA LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE

El día de hoy ha sido publicada la Ley Nº 29763, nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre, luego de casi dos años de formado el Grupo Multisectorial encargado de elaborar una nueva normativa. Esta norma proviene de un complejo proceso de participación impulsado por diversos actores del gobierno, el Congreso de la República, la sociedad civil, la Defensoría del Pueblo, representantes de comunidades campesinas y nativas, entre otros usuarios del bosque; quienes asumieron la dura tarea de contribuir a la construcción de un texto consensuado, pese a las dificultades intrínsecas en procesos complejos como éste. Sin duda, la implementación de éste proceso ha aportado mucho y ha dejado una serie de lecciones aprendidas que ayudarán a perfeccionar los procesos que se desprenderán con motivo de la promulgación de esta norma.

Considerando los ambiciosos retos que se ha trazado esta norma con relación al desarrollo a partir de los bosques, tales como a) propiciar un eficaz ordenamiento del patrimonio forestal, b) fortalecer al Estado a distintos niveles, c) generar una mayor inclusión en las modalidades de acceso, d) evitar la degradación del patrimonio forestal por prácticas inadecuadas y e) el reconocimiento de la importancia de la vinculación de los pueblos indígenas con los bosques; creemos que el gobierno entrante debe asegurar los recursos y el financiamiento necesario para que los cambios que se pretenden implementar no queden únicamente en el papel, sino que lleguen al campo y a los peruanos que viven gracias a lo que el bosque les ofrece. La SPDA asumió este compromiso el cual ratificamos, a fin de generar los espacios necesarios de reflexión sobre las políticas públicas que involucren un impacto en nuestros bosques y sobre en quienes viven con ellos y a partir de ellos.

La nueva Ley Forestal reemplazará una vez que sea reglamentada a la Ley 27308, que supuso un intento de cambio importante en la forma como se regula el acceso
y aprovechamiento sostenible del recurso forestal en el país. Recordemos que la Ley
Nº 27308 fue reconocida y apoyada por la mayoría de los actores. Sin embargo, esta fue débilmente implementada, ya que sus componentes más importantes no se llevaron a la práctica. Esto se dio principalmente por la existencia de problemas medulares que todavía hoy se mantienen vigentes como la poca voluntad política en su implementación, la ausencia de mecanismos de financiamiento para el sector, la poca claridad en las competencias estatales, la corrupción, entre otros.

A pesar de los cuestionamientos respecto de la legitimidad del proceso de consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas, consideramos que es justo reconocer que existen lecciones aprendidas claves que ayudarán a perfeccionar la implementación de este mecanismo, dándose además un paso significativo en la construcción de un diálogo intercultural indispensable para este tipo de procesos. Adicionalmente, los espacios logrados por la sociedad civil, en especial las comunidades nativas y campesinas, han servido para incluir importantes aportes a la norma, los mismos que se vinculan con la defensa de sus derechos, nuevas modalidades de acceso y mayores y mejores oportunidades para beneficiarse efectivamente del bosque, entre otras. Seguramente aún no se ha alcanzado el proceso perfecto, pero confiamos en que contamos en la actualidad con los actores necesarios para trabajar a partir del diálogo, y con políticas públicas que benefician la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre.

Consideramos que algunos de los puntos más importantes de esta norma los constituyen:

-         El enfoque de los bosques como fuente de bienes y servicios y no solo como espacio de extracción.
-         El reconocimiento del estado actual de los diversos tipos de bosque, las diferentes actividades vinculadas y los derechos que se derivan de la combinación de las situaciones antes enunciadas.
-         La inclusión de nuevas formas de acceso que puedan convertir los beneficios del bosque en oportunidades concretas de negocios a todo nivel.
-         La implementación de una nueva institucionalidad nacional fortalecida con un Servicio Forestal (SERFOR) a la cabeza de un sistema que integra a los distintos actores públicos, privados y comunidades (SINAFOR), incorporando el proceso de descentralización de la gestión forestal.

Es importante resaltar que esta norma prohíbe expresamente el cambio de uso dentro del patrimonio forestal, con lo cual elimina el incentivo perverso que significaba ocupar y destruir el bosque para luego obtener derechos de propiedad. Sin embargo, queda pendiente implementar reformas en la legislación agraria de clasificación y titulación para complementar estos cambios.

Finalmente, consideramos que existen tres elementos cruciales a ser ejecutados dentro de la fase inicial de implementación de esta ley: el desarrollo de un proceso participativo y plural de reglamentación de la misma; la creación de un SERFOR fortalecido a partir de un equipo humano consciente y comprometido con la construcción de una verdadera transformación de la gestión forestal; y el impulso de una política nacional forestal o de bosques que marque metas claras sobre lo que se quiere lograr con una norma como ésta.


Lima, 22 de julio de 2011

Contacto de Prensa: Luis Eduardo Cisneros 993714481-4419171

viernes, 22 de julio de 2011

El Peru ya tiene una Nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre

Fuente: RPP

Ley busca impulsar el desarrollo forestal, mejorar su competitividad, generar y acrecentar los recursos forestales y de fauna silvestre y su valor para la sociedad.

El presidente Alan García Pérez promulgó hoy la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, cuyo fin es promover la conservación, la protección, el incremento y el uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio nacional.

Según destaca la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República, la norma dispone integrar el manejo de ese patrimonio con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre en armonía con el interés social, económico y ambiental de la Nación.

Asimismo, busca impulsar el desarrollo forestal, mejorar su competitividad, generar y acrecentar los recursos forestales y de fauna silvestre y su valor para la sociedad

La ley se aplica a las diferentes personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, vinculada a la gestión del patrimonio forestal de la Nación  o los recursos forestales y de fauna silvestre.

Del mismo modo, se aplica a los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre y a las actividades forestales y de fauna silvestre y conexas en todo el territorio nacional.

En ese marco, la norma señala que toda persona tiene el derecho de acceder al uso, aprovechamiento y disfrute del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación, y también participar en su gestión, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la autoridad nacional y regional, y a los instrumentos de planificación y gestión del territorio.

También establece que toda persona tiene el deber de contribuir con la conservación del referido patrimonio y de sus componentes respetando la legislación aplicable.

Esta norma crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) como el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (Sinafor) y se constituye en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos  relacionados a su ámbito.
Tiene carácter de organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura.

Del mismo modo, el Ejecutivo destacó que la aplicación de la ley respeta el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa libre e informada con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento de la medida propuesta de acuerdo al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
También busca consenso en base a otras normas vigentes, la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y las sentencias vinculadas del Tribunal Constitucional sobre la materia.

martes, 19 de julio de 2011

Manejo forestal comunitario e inclusión social en la Amazonía peruana.



Por: Rodrigo Arce Rojas
Ingeniero Forestal
Lima, Perú
Apostar por el manejo forestal comunitario en la Amazonía peruana implica reconocer que a la fecha un importante grupo de actores locales no ha recibido suficiente atención en las políticas públicas y por lo tanto es una deuda que el Estado y la sociedad peruana  tiene que asumir en su real dimensión. Son múltiples razones que sustentan esta posición tanto por razones socioculturales como por razones económicas y ambientales.

Más de 10 millones de hectáreas de bosques se encuentran en manos de los pueblos indígenas mientras que las concesiones forestales maderables abarcan unas 7 millones de hectáreas. Hasta ahora el apoyo mayoritario ha sido direccionado a las concesiones forestales maderables con resultados disímiles. Por una cuestión de equidad  e inclusión social corresponde ahora ponerle especial atención al manejo forestal comunitario entendido no sólo desde una perspectiva de madera sino de bienes y servicios de los ecosistemas forestales. Esto es mucho más coherente con la cosmovisión indígena amazónica.
Aunque en el país existe una norma que diferencia niveles de exigencia administrativa y técnica según la intensidad de aprovechamiento, en la práctica, para los niveles comerciales de aprovechamiento forestal, se traslada el modelo de manejo de las concesiones forestales al aprovechamiento forestal en comunidades y ahí encontramos uno de los factores clave de las dificultades que ha tenido el manejo forestal comunitario para avanzar de una manera más contundente.  No sólo se trata de trámites engorrosos, largos y costosos sino que la expedición de los permisos forestales es tan lenta que no contribuye a que el manejo forestal comunitario se torne una opción atractiva.

Otro tema refiere a los planes de manejo forestal. Reconociendo su importancia como herramienta de gestión que asegure la sostenibilidad del bosque y por tanto del negocio forestal, es necesario repensar los contenidos fundamentales que debe tener un plan de manejo de tal modo que haciéndola más ágil cumpla efectivamente su rol de sostenibilidad. No obstante, no hay que descuidar el hecho que estas ventanas, si no son adecuadamente manejadas, terminan favoreciendo a los terceros, aspecto que justamente queremos superar. Por ello habrá que tomar las debidas previsiones para evitar nuevas formas de afectar la integridad de los bosques comunitarios.

Un tema clave que se requiere sincerar es el tema del uso de las tecnologías de aprovechamiento forestal. La selección final deberá tomar muy en cuenta un balance de costos con enfoque sistémico para dar cuenta de todo el proceso y no quedarse sólo en indicadores fragmentarios que podrían ser engañosos. No se trata de estigmatizar determinada tecnología sino de analizar y encontrar su verdadera pertinencia tanto desde el punto de vista económico como de los impactos socioculturales y ambientales.

El manejo forestal es relativamente costoso. Cuando hay suficientes niveles de inversión esto no debería ser un problema por cuanto la operación paga y no hay problemas en esperar un largo periodo para que se vean tangiblemente los retornos a la inversión. El problema está cuando no existen los fondos económicos necesarios desde los recursos de la comunidad. Esta realidad ha terminado por que las comunidades opten por establecer relaciones comerciales con terceros la mayoría de las veces bajo relaciones asimétricas que terminan afectando los bosques y a la propia comunidad. Esta situación definitivamente tiene que cambiar: o se generan condiciones para el manejo directo de bosques por las propias comunidades o se busca que las relaciones con terceros se realicen en condiciones mutuamente ventajosas para los actores y garantizando los procesos y funciones de los bosques para que mantengan sus capacidades productivas y reproductivas.

No se trata de inducir a nadie para que establezcan relaciones con terceros. Esta debe ser decisión de cada comunidad, y contando con el acompañamiento técnico y legal de su federación u organización aliada local, pueda elegir un sistema de muto beneficio y, fundamentalmente, asegure la sostenibilidad del bosque. Existen algunas experiencias interesantes en Latinoamérica donde se están dando experiencias interesantes de asocio entre comunidades y empresas y habrá que aprender de sus aciertos y sus errores para encontrar pautas que ayuden a definir relaciones de respeto y de equidad. La experiencia de la Veeduría Forestal Comunitaria en Ucayali que ayuda a que las comunidades puedan establecer negocios más equitativos y sostenibles es una esperanzadora alternativa de control social local que debería ser apoyada y reforzada.

Consecuentemente, la política forestal nacional debe tener un objetivo explícito de equidad e inclusión social  a través del decidido apoyo al manejo forestal comunitario diversificado. Una institucionalidad forestal coherente en los tres niveles de gobierno debe acompañar este proceso y se debe garantizar que el sistema de gestión forestal atienda apropiadamente el desarrollo del manejo forestal comunitario.
Queda claro que el desarrollo del manejo forestal comunitario no es únicamente responsabilidad de las propias comunidades sino que es un esfuerzo y responsabilidad del conjunto de los actores. En el marco de las interacciones complejas hay un rol que cumplir para hacer sinergias a favor del manejo forestal comunitario. A nivel de la propia comunidad existe el reto de fortalecer la gobernanza local e incluye una apuesta clara por liderazgos claros y un ética dirigencial que coadyuve a que se realicen los negocios forestales en un marco de transparencia y rendición de cuentas.

Los necesarios procesos de fortalecimiento de capacidades de los actores comunitarios, la asistencia técnica y legal, la búsqueda de mercados y de mecanismos de financiamiento tienen que darse con enfoque de interculturalidad y de equidad de género. Existe el reto de construir una teoría y metodologías para la realización de negocios culturalmente sensibles. La incursión a negocios forestales no tiene que ir necesariamente acompañada de pérdida de la identidad o de los valores de solidaridad y reciprocidad. Es la propia comunidad la que decide realistamente la envergadura del negocio forestal o el grado de articulación a los mercados. Sea que definan fortalecer su incursión al mercado o sea que decidan fortalecer la conservación de sus bosques y atender sus necesidades del buen vivir el rol de los actores externos es acompañar los procesos que autónomamente defina la comunidad.

viernes, 15 de julio de 2011

Nuevo derrame de petróleo en Loreto


Nuevo Derrame de Petróleo en Comunidades Nativas de la Amazonía Peruana:

Organizaciones Indígenas Exigen Respuesta Inmediata y Remediación de Daños CONTAMANA, LORETO, Perú, 12 de julio de 2011 - Los líderes de las organizaciones indígenas  amazónicas FECONBU y ORAU exigen una respuesta inmediata al derrame de petróleo en la  Quebrada Mashiria, ubicada en el territorio de la comunidad nativa Shipibo de Nuevo Sucre, en la  Región de Loreto. Solicitan una investigación a la brevedad por parte de las autoridades locales, regionales y nacionales de Perú, así como la limpieza y remediación a cargo de Maple Energy, en cumplimiento con las normas de medioambiente internacional, nacional y industrial.

El domingo, 10 de julio por la mañana aproximadamente a las 9 am, los niños bañándose en la  orilla de la Quebrada Mashiria observaron un derrame de petróleo en el agua. Para los pobladores  de Nuevo Sucre, la Quebrada Mashiria es una de las principales fuentes de agua Para el uso y consumo humano, y de peces, los cuales están muriendo debido al derrame. Representantes de  Maple no hicieron ningún anuncio del derrame o sus efectos sobre la calidad del agua a los miembros de la comunidad.

Maple contrató 32 miembros de la comunidad de Nuevo Sucre para limpiar el derrame, mediante la  construcción de barreras a lo largo de la quebrada y recoger el aceite con trapos absorbentes. Miembros de la comunidad han estado trabajando directamente en el crudo desde el domingo por  la mañana sin capacitación, equipo de protección, ni información sobre los efectos de salud de petróleo.

"Nadie ha podido darnos una respuesta porqué Maple dirigió a estos hombres a trabajar directamente con sus manos, piernas y pies en el petróleo," dice Raúl Tuesta, jefe de la comunidad  de Nuevo Sucre. "Estamos muy preocupados por la salud de los trabajadores limpiando el derrame, nuestros niños que juegan y beben diariamente de la Mashiria, y todos los miembros de nuestra comunidad que sobreviven de este agua."

Los líderes de FECONBU y ORAU, bases de AIDESEP (Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana), están exigiendo equipo de protección, condiciones de trabajo seguras, y la compensación justa para los miembros de la comunidad contratados por Maple. También exigen que Maple proporcione asistencia humanitaria adecuada para la comunidad de Nuevo Sucre, incluyendo el agua potable, alimentos y asistencia médica inmediata por la exposición a los hidrocarburos. Además, los líderes consideran que es necesario contar con la limpieza y  remediación del área afectada.

"Nosotros hemos vivido en armonía con nuestros bosques, aguas, y ríos por cientos de años. Queremos seguir viviendo sin contaminación, y tenemos este derecho como pueblos indígenas," dice Lizardo Cauper Pezo, presidente de FECONBU.

Maple Energy plc es una empresa petrolera transnacional, constituida en Irlanda y con sede en Lima, Perú. Es la sociedad matriz y la propietaria de Maple Gas Corporation del Perú, operador en  la región donde ocurrió el derrame. Nuevo Sucre y la cercana comunidad de Canaán de Cachiyacu  están involucrados en un proceso de queja en contra de Maple por cinco derrames de petróleo producidos en sus quebradas en 2009 y 2010 a través del Asesor en Cumplimiento / Ombudsman,  un mecanismo de rendición de cuentas independiente del Grupo del Banco Mundial.


Para más información, póngase en contacto con:
Lizardo Cauper Pezo, Presidente de FECONBU (Federación de Comunidades Nativas  de Bajo Ucayali): +51 980 374 674, licauperp@yahoo.es (Perú, solamente en español)
Félix Rojas Silvano, Secretaria de Actas, ORAU (Organización Regional AIDESEP Ucayali): +51 964 484 997, ferosil2009@hotmail.com (Perú, solamente en español)


jueves, 7 de julio de 2011

Mineros ecuatorianos en la frontera con el Perú



La Minería artesanal ecuatoriana se ha venido desarrollando durante varias décadas en nuestro territorio nacional, con conocimiento y complicidad de las autoridades militares y políticas de ambos países; sin embargo a la fecha, pese a los esfuerzos desarrollados en la prevención de la contaminación de ríos, aire y suelos en la cuenca del Cenepa, las acciones no han sido las adecuadas y suficientes.

Hace unos meses se puso al descubierto un Convenio entre nuestro Glorioso Ejército Peruano y compañías mineras que operan en la cuenca del Cenepa, al parecer ilegalmente; con lo que quedaría demostrado que este tipo problemática es conocida por nuestras autoridades desde hace un buen tiempo.

Alcanzamos el link para descargar el artículo:


http://es.scribd.com/doc/59530374/Mineros-ecuatorianos-contaminan-rios-peruanos

jueves, 16 de junio de 2011

Congreso aprueba Ley Forestal y de Fauna Silvestre



El pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de la nueva Ley de Desarrollo Forestal y de Fauna Silvestre con  61 votos  a favor, 23 en contra  y una abstención.
La referida norma regula el uso sostenible de los bosques y recursos naturales en beneficio de las poblaciones amazónicas, garantizando el acceso a dichos recursos y el respeto al medio ambiente.
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre es una de las obligaciones pendientes de Perú en el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, motivo por el cual su aprobación es de suma importancia para el país.
La norma se trabajó durante ocho meses y participaron representantes del Ejecutivo a través de los especialistas de los ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior, Agricultura y del Ambiente.
Igualmente formaron parte de los grupos de trabajo congresistas así como representantes de las comunidades indígenas.

martes, 14 de junio de 2011

Becas para alumnos indígenas

BECAS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA ESTUDIANTES INDÍGENAS

 La Oficina de Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Sevilla,  España, convoca cuatro (4) becas para estudiantes indígenas de América  Latina para  cursar el Máster Propio en Derechos Humanos, Democratización y Seguridad  Humana de dicha Universidad. Este programa aspira a brindar una formación  especializada en las materias conexas de protección internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, el derecho  internacional penal, la gobernanza y la cooperación al desarrollo bajo el  nuevo paradigma conceptual de la seguridad humana, que domina actualmente la  acción de las Naciones Unidas y de otros actores internacionales. El  Programa incorpora un fuerte componente dedicado a la promoción y defensa de  los derechos de los pueblos indígenas, que se nutre de la amplia experiencia  acumulada en estas cuestiones por nuestra Universidad, dentro de un programa  más amplio de formación de postgrado.
 
 El Máster Propio en Derechos Humanos, Democratización y Seguridad Humana es  un programa anual de carácter semipresencial, equivalente a 60 ECTS  (créditos  europeos). La parte no presencial del máster se realiza en línea, en el  periodo octubre 2011-febrero 2012, a través de la plataforma WebCT. La parte  presencial del Máster se imparte de forma intensiva durante los meses de  febrero a abril de 2012, en la Facultad de Derecho de la Universidad de   Sevilla (véase folleto adjunto).

 Las becas ofertadas por la Oficina de Cooperación al Desarrollo de la  Universidad de Sevilla aspiran al establecimiento de relaciones de  cooperación   a largo plazo con instituciones universitarias de América Latina para la formación de especialistas indígenas, la enseñanza de los derechos indígenas  y   la promoción de estos derechos. Por ello, una de las condiciones de las  becas es el compromiso de la institución universitaria de origen de la  posterior  vinculación del becario/a con proyectos de dicha institución tras la realización de los estudios.

 
 Condiciones de la beca:
 a.. Matrícula gratuita.
 b.. Alojamiento y manutención (durante el periodo presencial).
 c.. Seguro médico.
 
 
 Condiciones de admisión:
 a.. Ser una persona indígena.
 b.. Estar en posesión de uno título de educación superior (240 ECTS, de los  cuales un mínimo de 180 créditos deben corresponder a una titulación de grado;  los 60 ECTS superiores deben haber sido obtenidos como resultado de estudios universitarios regulares).
 c.. El título ha de referirse a disciplinas relevantes para los derechos  humanos, como Derecho, Ciencias Sociales o Humanidades.
 d.. Dominio de la lengua castellana.
 e.. Conocimiento al menos pasivo de la lengua inglesa (lectura y  comprensión oral).
 f.. Se valorará especialmente el conocimiento de una lengua indígena.
 g.. Conocimientos informáticos a nivel de usuario.
 h.. Compromiso de la institución universitaria de origen de su posterior  incorporación en proyectos académicos, u otro tipo de proyectos, de dicha  institución.

 
 Postulaciones
 
 Los interesados en solicitar la beca deberán enviar la siguiente documentación:
 a.. Hoja de vida.
 b.. Carta de postulación digitalizada, incluyendo el compromiso de que   cursará la totalidad del postgrado, tanto en las dos fases presenciales,  como  en la fase virtual (escrita y firmada por el o la postulante).
 c.. Copia digitalizada del título profesional de licenciatura o  equivalente, otorgado por una institución de educación superior reconocida por  el Ministerio de Educación de su respectivo país, equivalente a 240 ECTS.
 d.. Carta de aval digitalizada de la institución universitaria de origen,  especificando claramente el respaldo de la institución a la solicitud de  beca  del postulante. En dicha carta, la organización debe comprometerse  explícitamente a la futura incorporación en proyectos académicos, u otro  tipo  de proyectos, de la institución.
 e.. Certificado de conocimientos Informáticos

La documentación debe remitirse a la atención de Luis Rodríguez-Piñero,  Coordinador del Máster, en el correo: lrp@us.es, a más tardar el 1 de julio de  2011.
 
 Para mayor información:
 
 http://www.mastercfp.us.es/derechoshumanos/

 European Master\'s Degree on Human Rights and Democratization (E.M.A.)
 
 
EMA Second Semester at the University of Seville
 Centro de Formación Permanente. UNIVERSIDAD DE SEVILLA.
 Paseo de las Delicias - 41013 Sevilla (España)
 http://www.cfp.us.es/